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Cómo dar de alta la luz al terminar la instalación eléctrica

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Acabadas la instalación eléctrica en nuestro inmueble, es el momento de llevar a cabo el alta del suministro para poder disponer de luz.

Esta situación puede parecer un auténtico quebradero de cabeza, llegando a alargarse en algunas ocasiones más de lo necesario, pero, no te preocupes. A continuación te vamos a indicar los pasos a seguir para contratar la luz de manera rápida y sencilla.

Comercializadora o distribuidora, ¿a quién dirigirse?

La distribuidora es la propietaria de toda la infraestructura que trasporta la luz a los inmuebles y la encargada de medir el consumo de los mismos. Esta empresa no se puede elegir, sino que viene asignada en función de la zona geográfica donde se encuentre el suministro.

Mientras tanto, la comercializadora o compañía es con quien se firma el contrato eléctrico y, por tanto, quien factura el gasto eléctrico que tenga el consumidor. A diferencia que la distribuidora, si se puede elegir en función de la empresa que ofrezca mejores condiciones de contratación.

Documentos necesarios para contratar la luz con la compañía

A la hora de dar de alta la luz por primera vez, será necesario presentar los siguientes documentos para la firma del contrato de suministro:

- Datos identificativos del propietario del suministro e IBAN bancario a su nombre

- Dirección exacta del inmueble y código CUPS de luz, que será facilitado por la distribuidora de la zona o por el instalador encargado de realizar la acometida eléctrica

- Potencia eléctrica a contratar representada en kilovatios

- Boletín Eléctrico o CIE (Certificado Instalación Eléctrica), que verifique que es seguro contratar dicha potencia

 

Si el inmueble tuvo luz en el pasado, podremos localizar el codigo CUPS en una factura anterior, pues cada suministro tiene el suyo y siempre es el mismo.

Procedimiento de la distribuidora de luz para activar el suministro

El contrato será enviado a la distribuidora, quién tendrá que verificar que los datos son correctos y, si es así, activará la luz en un plazo máximo de 8 días.

Cabe destacar que el tiempo total desde que se inicia la gestión hasta que el inmueble tiene luz, dependerá de la rapidez de la compañía elegida en enviar la documentación.

Si la vivienda tuvo luz en el pasado, el alta se efectuará vía telemática, sin embargo, si nunca tuvo luz, un técnico de la distribuidora instalará el contador en el inmueble durante esos días.

Derechos a abonar por contratar la luz

El ningún caso se tendrá que abonar ningún importe al técnico de la distribuidora, el coste total de la gestión representa un único pago reflejado en la primera factura de luz tras la activación del suministro.

El precio del alta de luz se compone de tres derechos regulados por la distribuidora:

- Derechos de extensión, cuyo precio es de 17,37 € multiplicado por los kW a contratar (+IVA)

- Derechos de acceso, cuyo precio es de 19,70 € multiplicado por los kW a contratar (+IVA)

- Derechos de enganche, cuyo precio es de 9,04 € (+IVA)

Para hacernos una idea, mostramos una tabla con las potencias más comunes y el precio del alta con IVA:

Potencia contratada (kW)

Alta nueva o más de 3 años

Alta de menos de 3 años

2,3 kW

114,10 €        

65,76 €

3,45 kW         

165,69 €        

93,18 €

4,6 kW

217,27 €        

120,59 €

5,75 kW         

268,85 €        

148,00 €

 

 


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